NO a la Constitución Europea

Artículo II-69

Derecho a contraer matrimonio y derecho a fundar una familia
Se garantizan el derecho a contraer matrimonio y el derecho a fundar una familia según las leyes nacionales que regulen su ejercicio.

La sanción matrimonial debe desvincularse totalmente del Estado. Se trata de un asunto moral, y como tal compete a las personas, no al ente público. Lo que hay que reclamar del Estado no es la regulación “adecuada” del matrimonio sino la completa desregulación del mismo. Existe el derecho a contraer matrimonio y fundar una familia, pero no el derecho a recibir por ello la sanción moral del Estado y obtener de él nuevos “derechos sociales”, que es lo que comportarán artículos como éste.

Artículos

Estos son algunos de los artículos de la Constitución Europea con las razones de nuestra negativa a votarlos a favor:

I-1.1, I-3.2, I-3.3,4, I-48 y II-88, I-54.1, II-112.1, II-62, II-69, II-74.2, II-77.1, II-80, II-81 y II-83, II-81.1, II-83, II-91.2, II-94, III-128, III-151.1, III-162, III-186.1, III-233.5, III-271.1, III-278.1, III-282.1, III-319.1, ...

Enlaces

Texto del engendro
Campaña británica por el no
Europa, así no
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